En este artículo vamos a mostrarte como tenés que hacer para consultar tus multas en Venado Tuerto de manera online, como realizar los pagos de las mismas entre otros trámites. En el caso de esta ciudad, podrás ser imputados por las siguientes infracciones:
- Apercibimiento: donde sólo te informarán que estas incumpliendo la norma.
- Multa: en este caso van a emitir un acta labrada a tu nombre.
- Decomiso: es el caso en donde te inhabilitan para manejar reteniendo tu licencia de conducir, o bien realizan la retención de tu vehículo.
¿Cómo se imputa la infracción?
Existen cuatro tipos de situaciones en las que se lleva a cabo una multa:
- A nombre del titular del vehículo.
- Si la persona a la que se labra el acta es menor de 18 años, el juez de faltas podrá llevar a cabo el procesamiento contra los padres y/o tutores para que se hagan cargo de manera civil de la infracción cometida por el menor.
- En caso que el autor de la infracción no sea individualizado, la convocatoria al juzgado de falta se hará a nombre del titular del vehículo y la sanción se aplicará a nombre de éste mismo. Así mismo, el propietario del vehículo tiene la posibilidad de demostrar de manera fehaciente que el vehículo fue tomado en contra de su voluntad y/o llevar adelante una denuncia hacia la persona que conducía el rodado el día de la falta.
- Si la falta es cometida por un administrador, director, gerente o empleado de una persona jurídica, el juez de faltas hará responsable a la entidad sin discrminar la persona que conducía el rodado en el momento de la infracción. Deberá presentarte a los tribunales el representante legal de la asociación.
¿Cómo consultar multas en Venado Tuerto?
Podrás consultar tu infracción a través de la página web de la municipalidad. Para hacerlo tenés que seguir estos pasos:
- Ingresá a la página de la municipalidad de Venado Tuerto.
- En la parte inferior de la pantalla principal, haces click en «Tribunal de Faltas«
- Se va a abrir una nueva pantalla en la que vas a poder consultar la infracción por:
- Persona: indicando DNI o CUIT de acuerdo si es persona física o jurídica.
- Por vehículo: con el dominio del rodado al que le imputaron la falta.

Para ingresar directamente a la pantalla de consulta, hace click acá.
¿Cuándo extinguen las multas en la municipalidad de Venado Tuerto?
Existen cuatro tipo de causas por las que se puede generar la exención de una multa:
- Por el fallecimiento del condenado.
- Por la remisión de la multa, siendo en tal cual caso efectuado el perdón por el intendente de la municipalidad, basándose en una resolución ya fundada.
- Por la prescripción de la falta.
- Por llevar a cabo el pago mínimo de la infracción antes de que inicie la causa.
¿Cúando prescribe la falta?
- La infracción va a prescribir una vez pasados los dos años de emitido el acta.
- La pena va a prescribir una vez que transcurran los tres años desde que se dicta la sentencia definitiva.
En ambos casos, la prescripción se verá interrumpida en el caso que se cometa una nueva falta o bien porque se realizan diferentes actos en el proceso.
¿Cómo realizar el descargo de una infracción?
En el caso que desconozcas una multa labrada a tu nombre, podrás adquirir tu derecho de presentar los siguientes recursos:
- El recurso de reconsideración. En este caso, el recurso va a interponer a la jurisdicción que impuso la resolución con fundamentos debidos. Se debe presentar en el término de cinco días una notificación por escrito y el plazo para obtener el fallo será de quince días.
- El recurso de reposición. El cual se presentará antes situaciones como:
- Resoluciones que impongan una sanción de hasta trescientas unidades fijas.
- Resoluciones que además de lo anterior, exijan el secuestro o inhabilitación.
- El recurso de nulidad. En este caso, sólo se podrá efectuar el recurso cuando las resoluciones recaigan en omisión o violación de lo primordial del procedimiento o bien que en el acta de infracción figuren defectos y éstos anulen la actuación del infractor. Éste recurso solamente puede presentarte conjuntamente con la apelación, no de manera indvidual.
- El recurso de apelación. Éste recurso podrá llevarse a cabo cuando la penalidad supere las trescientas unidades fijas y que además, se imponga la inhabilitación o secuestro. Este recurso deberá ser presentado ante el juez dentro de los cinco días recibida la notificación y debe contener las pruebas que se consideren necesarias para llevar a cabo el recurso. Una vez que la apelación sea recibida, se obtendrá la suspensión de la pena y el tiempo para la resolución es de tres días.
En todos los casos, una vez que transcurran los seis meses sin que el imputado se oponga a la resolución o no realice ningún tipo de trámite, se da por asentada la sentencia sin tener que realizar ninguna gestión.
Ante cualquier duda o consulta, podés comunicarte al teléfono (03462) 421417 de lunes a viernes de 07:00 a 13:00 horas.